Manipulador de alimentos
La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) define cual es el procedimiento actual para obtener el carnet de manipulador de alimentos. Desde el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, se ha modificado el sistema de formación para la obtención del carné de manipulador de alimentos. Hasta ese momento eran las administraciones públicas las únicas encargadas de proporcionar la formación, pero ya no es así:
“La formación de los trabajadores de empresa alimentaria será impartida por la propia empresa alimentaria, por empresas o entidades formadoras o por la autoridad competente cuando por razones específicas lo considere necesario.”
En la actualidad, el carnet ha sido sustituido por un certificado o diploma formativo que emiten los organismos y empresas especializados, en el que acreditan que una persona ha recibido la formación adecuada. Este certificado se puede obtener asistiendo a cursos de formación presenciales o realizando el curso a distancia, a través de internet.
¿Se puede obtener el carnet haciendo un breve curso a través de internet?
Si, es posible.. Cuando por motivos de trabajo u otras razones no nos es posible desplazarnos a un centro presencial, hay la posibilidad de hacer un curso online a través de internet. Al final del curso se hacen unas sencillas pruebas de evaluación. La empresa de formación emite un certificado que se puede descargar online en el momento.
¿Cuál es el plazo para renovar el carnet de manipulador de alimentos?
Si su carnet de manipulador de alimentos fue emitido con anterioridad a 2008 debe renovarlo, ya que la normativa que lo regulaba (RD 2505/83) indicaba de forma expresa la obligatoriedad de renovar cada 4 años.
En la actualidad, los Certificados emitidos conforme a la nueva normativa no especifican un periodo concreto de validez. Sin embargo, teniendo en cuenta la obligación de todas las empresas alimentarias de asegurar la correcta formación de sus trabajadores en lo relativo a la manipulación de alimentos y que ésta debe ser continuada y adecuada a la actividad laboral que se desempeña, se sigue recomendando renovar, como máximo, cada 4 – 5 años.
Los responsables de las empresas del sector alimentario deberán disponer de la documentación que demuestre los tipos de programas de formación impartidos a sus manipuladores, la periodicidad con que los realiza, en su caso, y la supervisión y vigilancia de las prácticas de manipulación, que habrán de acreditar, en las visitas de control oficial por parte de la administración.
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